Permiso de traslado
La secretaría a través de las oficinas recaudadoras, podrá expedir permisos de traslado, para aquellos vehículos que no estén dados de alta en el registro estatal vehicular, con la finalidad de trasladarlos a otro estado o de una ciudad a otra dentro del mismo estado, el cual será otorgado por un plazo máximo de 15 días naturales.
Documentos necesarios
| Documento requerido | Presentación |
|---|---|
| Presentar factura de origen que hubiese expedido el fabricante, ensamblador, distribuidor autorizado o empresas comerciales dedicadas a la compra y venta de vehículos usados, en la que se identifique el vehículo en su individualidad; salvo en el caso que haya sido importado por un particular, supuesto en el que deberá presentar el pedimento en el que conste la legal importación del vehículo; | Original |
| Acreditar la propiedad del vehículo; | |
| Presentar el pedimento en el que conste la legal importación del vehículo, en su caso; | Original |
| Presentar comprobante de domicilio e identificación oficial del propietario; | |
| En el caso de personas morales, presentar comprobante de domicilio, escritura constitutiva, copia de la cedula de identificación fiscal del Registro Federal de Contribuyentes, identificación oficial del representante y documentación que acredite la personalidad de quien comparece; | Original |
| Presentar el vehículo de que se trate para su verificación | |
| Realizar el pago de los derechos correspondientes, establecidos en la Ley de Ingresos. |